El VS Promise entró al muelle comercial de Ushuaia a las 7.08 del lunes 24 de agosto con nueve metros de calado. Mide 228,6 metros de eslora, transporta algo más de medio millón de barriles y navega bajo registro de la Isla de Man. Volvió a zarpar rumbo a la monoboya de Río Cullen unas catorce horas después. La escala fue corta. El ruido que dejó, no.
Es un tanque tipo Panamax construido en 2007 en astilleros chinos, botado como Hellespont Promise, con matrícula IMO 9351438 y unas setenta mil toneladas de porte bruto. La titularidad registral figura a nombre de Valloeby Promise Ltd, con domicilio en Douglas, y la gestión técnica está a cargo de la alemana Hellespont Ship Management. Fue tomado en fletamento para operar en el Atlántico Sur argentino.
Antes de amarrar había estado cargando crudo en la monoboya de Río Cullen, la terminal de Total Austral, filial de TotalEnergies que junto con Pan American Energy y Wintershall Dea opera los yacimientos costa afuera Hidra, Aries, Carina y Vega Pléyade en la Cuenca Marina Austral. O sea, crudo argentino extraído de aguas argentinas y embarcado en una bodega con pabellón británico.
El gobierno de Tierra del Fuego difundió el mismo lunes un comunicado en el que repudia y rechaza enérgicamente la operación y la califica de inadmisible mientras el Reino Unido mantenga la ocupación de las Malvinas, las Georgias, las Sandwich del Sur y los espacios marítimos circundantes. Andrés Dachary, secretario provincial de Malvinas, sostuvo que no hay antecedentes de estas características y afirmó que la carga tenía como destino Estados Unidos. La provincia reclamó dos cosas, que la Nación explique con qué criterio se autorizó el amarre y que levante la intervención del puerto.
Qué dice la ley y hasta dónde llega
La norma que se invoca es la ley provincial 852, sancionada en agosto de 2011 y bautizada Gaucho Rivero por el peón entrerriano que se sublevó a la ocupación británica en las islas. Prohíbe la permanencia, el amarre y el aprovisionamiento de buques de bandera británica vinculados a la exploración o explotación de recursos naturales y a operaciones militares en la cuenca Malvinas, y extiende la restricción a pabellones de conveniencia y enseñas de colonias del Commonwealth. Santa Cruz, Chubut, Río Negro y Buenos Aires dictaron normas equivalentes en los meses siguientes. Los antecedentes de aplicación son conocidos, en febrero de 2012 Ushuaia les negó la entrada a los cruceros Star Princess y Adonia, y en 2014 el Queen Victoria tuvo que arriar su bandera en el puerto de Buenos Aires.
La Isla de Man es una dependencia de la Corona británica y su registro naval integra el Red Ensign Group en categoría uno, de manera que sus buques enarbolan el pabellón británico. Bajo el criterio de la ley fueguina, que incluye expresamente las enseñas asociadas, el VS Promise califica sin demasiada discusión.
El puerto intervenido
El expediente se vuelve más denso cuando se mira quién manda hoy en ese muelle. En enero de 2026 la Agencia Nacional de Puertos y Navegación intervino administrativamente el puerto de Ushuaia mediante la resolución 4/2026. Invocó desvíos de fondos contrarios al convenio de transferencia de 1992, pilotes faltantes en el muelle comercial y deficiencias en el sistema contra incendios. El gobierno de Gustavo Melella impugnó la medida por inconstitucional y por avance sobre la autonomía provincial. El juez federal Federico Calvete se declaró incompetente el 10 de febrero, ambas partes renunciaron a los plazos de apelación para acelerar el trámite y el expediente llegó a la Corte Suprema el 18. La terminal mueve alrededor de veintidós mil millones de pesos por año, unos setecientos buques y más de doscientos treinta y dos mil pasajeros solo en 2024.
Sobre esa secuencia armó la provincia su reclamo. La Nación tomó el control del puerto invocando entre otras razones el interés estratégico en el Atlántico Sur, y siete meses después la administración que ella misma designó habilitó el amarre de un buque con pabellón británico. Se aplique o no la ley 852 al caso concreto, el costo político de esa sucesión de hechos es difícil de discutir, y explica por qué el comunicado provincial dedica más párrafos a la intervención que al barco.
Lo que la bandera tapa
Debajo del episodio hay algo que ninguna ley provincial resuelve. La Argentina embarca su crudo costa afuera en cascos ajenos porque hace décadas dejó de tener flota petrolera de ultramar propia. El desguace de la marina mercante estatal en los años noventa no fue compensado por ningún desarrollo privado equivalente, y hoy la logística de exportación de hidrocarburos depende casi por completo de armadores extranjeros y de mercados internacionales de fletamento.
Hay además una serie de preguntas concretas que nadie contestó todavía. Quién contrató el buque y bajo qué modalidad de fletamento. Cuál era el destino final de la carga y con qué permiso de exportación. Qué organismo autorizó el amarre y en qué expediente consta esa autorización. En una operación así intervienen la autoridad portuaria, la Prefectura Naval, la Aduana, la Secretaría de Energía provincial por los volúmenes y protocolos de terminal y la nacional por la licencia de exportación. Es un circuito con muchas firmas y ninguna de ellas se hizo pública.
La bandera es lo que se ve desde la costanera. El control sobre un recurso es lo que no se está discutiendo. El contrato de fletamento, la declaración aduanera, la auditoría de regalías y la capacidad institucional de decir que no cuando corresponde decirlo. El VS Promise estuvo catorce horas amarrado y se fue. Las preguntas que dejó no se van con él.